Libros y material

Convocatoria en la participación del fondo solidario, ayuda para adquisición de libros y material escolar para el curso 2023 2024

Plazo de presentación: 20 de mayo al 21 de junio de 2023.  El plazo para presentar solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 21 de junio de 2023 (este incluido).

Solicitudes:

– La solicitud será única para todos/as los/as hijos/as y, en su caso, tutelados/as, que estén admitidos en el mismo centro docente para el curso 2023/24, y en ella se especificará el nivel de estudios que espera realizar cada uno de ellos en el citado curso. Si estuvieran admitidos en centros docentes distintos, se presentará una solicitud en cada uno de los centros, en la que se incluirán a los admitidos en ese centro para el curso 2023/24. En caso de que la solicitud se tramite por vía electrónica empleando la aplicación fondolibros será necesaria la presentación de una solicitud por cada alumno aunque estén en el mismo centro.

Cuando el alumnado, en el momento de presentar la solicitud, aún no esté admitido en ningún centro docente para el curso 2023/24, deberá presentarla en el centro en el que estuviera matriculado en el curso 2022/23. Este centro registrará la solicitud de manera que acredite la entrada de la misma en plazo y la enviará al centro de destino en el que el alumno resulte admitido, que será el encargado de su grabación y tramitación.

En caso de presentación (por vía electrónica y/o presencial) de más de una solicitud, la persona solicitante deberá presentar ante el centro docente un escrito indicando cual desea que se tramite.

– Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado ( ED330B-anexos I y II) accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en los centros docentes o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica de solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluyendo el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

– El formulario de solicitud también estará disponible en los centros educativos y en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

– La solicitud deberá estar firmada por el padre, madre, tutor/a o representante legal del alumnado, y su presentación implicará que acepta las bases de la convocatoria, cumple los requisitos exigidos en ella y que son ciertos los datos indicados en la solicitud; asimismo, que se compromete a conservar en buen estado y a devolver, al finalizar el curso, los libros de texto y el material reutilizable recibidos del fondo solidario o adquiridos con la ayuda para libros de texto.

Documentación complementaria:

1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:

a) Anexo II (comprobación de datos de los miembros computables de la unidad familiar).

b) Copia del libro de familia o documento equivalente, donde figure el/la alumno/a y los demás miembros computables de la unidad familiar.

En caso de separación o divorcio, además, deberán aportar la sentencia judicial y/o convenio regulador donde conste la atribución de la custodia del/de la menor.

Excepcionalmente (cuando no sea posible hacerlo por los medios anteriores), se podrá acreditar el número de miembros computables utilizando alguno de los siguientes medios:

1º. Certificado o volante de convivencia.

2º. Informe de los servicios sociales o del órgano equivalente del ayuntamiento donde resida la familia.

En casos especiales, en los que la composición de la unidad familiar no se ajuste a lo señalado en el artículo 4.1 de esta orden, se aportará un certificado o volante de convivencia en el que deberán figurar el/la alumno/a y todos los familiares que convivan con él/ella, o un certificado de los servicios sociales del ayuntamiento que acredite la situación familiar.

c) Certificado de discapacidad del/de la alumno/a o cualquier miembro de la familia no expedido por la Administración autonómica.

d) Documentación justificativa de la situación de violencia de género en el ámbito familiar, en cualquiera de las formas que enumera el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, cuando el agresor forme parte de la unidad familiar.

e) Resolución judicial constitutiva de la curatela representativa o resolución judicial que establezca la patria potestad prorrogada o rehabilitada mientras no se produzca la revisión de esta medida.

f) Resolución administrativa o judicial acreditativa de la situación de acogimiento o certificado del centro de menores, para el alumnado en situación de tutela o guarda de la Xunta de Galicia.

g) Certificado de convivencia, volante de convivencia o informe de los servicios sociales o del órgano equivalente del ayuntamiento donde resida la familia, en caso de que el padre y la madre o el tutor o tutores carezcan de DNI y NIE.

h) Otra documentación.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en el centro docente o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone del mismo.

4. En todo caso, los documentos deberán ser válidos y eficaces en el momento de su presentación, y reflejar la situación personal, familiar y económica a 31 de diciembre de 2021, excepto cuando una sentencia de separación o divorcio posterior a esa fecha atribuya la custodia exclusiva a una de las personas progenitoras y en los casos de violencia de género, en que se aplicará lo dispuesto en la legislación específica.

Comprobación de datos:

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que las personas interesadas se opongan a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante y del resto de los miembros computables de la unidad familiar.

b) DNI o NIE de la persona representante del/de la solicitante.

Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le resulta de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

c) Certificado de discapacidad de la persona solicitante y del resto de los miembros computables de la unidad familiar expedido por la Administración autonómica, en su caso.

d) Percepción de pensión por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o de pensión de clases pasivas por jubilación o jubilación por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad (equivalente a una discapacidad igual o superior al 33 %), de la persona solicitante y del resto de los miembros computables de la unidad familiar, en su caso.

En ambos casos, la fecha de referencia es el 31 de diciembre de 2021.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario respectivo y anexar los documentos.

2. Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para consultar:

a) Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas o, a falta de esta, el certificado tributario de imputaciones en el ejercicio, de la persona solicitante y del resto de los miembros computables de la unidad familiar del ejercicio 2021.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

Los trámites posteriores al inicio del procedimiento deberán realizarse presencialmente en los centros docentes o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos para facilitar la realización de dichos trámites que podrán ser empleados por las mismas.

Listado de libros y material para el curso 2022 2023

4º Educación Infantil

5º Educación Infantil

6º Educación Infantil

1º Educación Primaria

2º Educación Primaria

3º Educación Primaria

4º Educación Primaria

5º Educación Primaria

6º Educación Primaria

Convocatoria en la participación del fondo solidario, ayuda para adquisición de libros y material escolar para el curso 2022 2023

Orden:

Orden del 29 de abril de 2022 por la que se regula la participación en el fondo solidario de libros de texto y se convocan ayudas para adquirir libros de texto y material escolar destinadas al alumnado matriculado en educación primaria, educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2022/23 (código de procedimiento ED330B). Más información Aquí.

Aplicación: Fondolibros

Anexos del procedimiento: ED330D y Anexo II

Listado DEFINITIVO fondo de libros 2021 2022

Las listas definitivas podrán ser consultadas en el centro o en la aplicación Fondo Libros en el apartado «cidadán»

Listado PROVISIONAL fondo de libros 2021 2022

Las listas provisionales podrán ser consultadas en el centro o en la aplicación Fondo Libros en el apartado «cidadán»

Periodo de reclamación: 12 y 13 de julio

Listado de libros y material para el curso 2021 2022

4º Educación Infantil

5º Educación Infantil

6º Educación Infantil

1º Educación Primaria

2º Educación Primaria

3º Educación Primaria

4° Educación Primaria

5º Educación Primaria

6º Educación Primaria

Convocatoria en la participación del fondo solidario, ayuda par adquisición de libros y material escolar para el curso 2021 2022 

Orden:

Orden del 6 de mayo de 2021 por la que se regula la participación en el fondo solidario de libros de texto y se convocan ayudas para adquirir libros de texto y material escolar destinadas al alumnado en educación primaria, educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes sostenidos con fondos públicos, para el curso escolar 2021/22 (código de procedimiento ED330B)

Orden del 6 de mayo de 2021

Destinatarios:

Alumnado matriculado en Educación Primaria. Fondo solidario: alumnado de 3º, 4º, 5º y 6º. Ayudas para adquisición de libros: 1º y 2º. Ayudas para material escolar: 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º.

Fechas importantes del proceso:

  • Plazo de presentación de la solicitud: Del 21 de mayo al 22 de junio, ambos incluidos.
  • Publicación listados provisionales: 9 de julio de 2021
  • Reclamaciones de listados provisionales: dos días posteriores a la publicación.
  • Publicación listados definitivos: 20 de julio de 2021
  • Devolución de libros de texto utilizados en el curso 2020 2021: Hasta el 22 de junio de 2021
  • Entrega de libros (fondo de libros): Septiembre de 2021
  • Corrección de errores detectados en un vale de ayuda de libros o material escolar: 10 días naturales posteriores a la entrega del mismo.

Solicitud:

Anexos I y II ED330B

Presentación de solicitudes:

Podrán presentar solicitudes los padres, madres o tutores del alumnado incluido en el artículo 1.1 de la orden. En el caso de que el alumnado en situación de guardia y tutela de la Xunta de Galicia, presentará la solicitud la persona titular de la dirección del centro de menores.

La solicitud será única para todos hijos, y de ser el caso, tutelados, que estén admitidos en el mismo centro docente para el curso 2021/22, y en ella se deberá especificar el nivel de estudios que espera realizar cada uno de ellos. En el caso de que la solicitud se haga por medio de la aplicación fondolibros, será necesario la presentación de una solicitud por cada uno, aunque estén en el mismo centro.

Cuando un alumno o alumna, en el momento de presentar la solicitud, aún no esté admitido en ningún centro docente, deberá presentarlo en el centro donde en este curso se encuentra matriculado. Este centro la tramitará y la mandará al centro donde sea admitido, que será el encargado de su grabación y tramitación.

En caso de presentación (por vía electrónica o presencial) de más de una solicitud, la persona solicitante deberá presentar ante el centro docente un escrito indicando en cual desea que se le tramite.

Las solicitudes se presentarán de manera preferente por vía electrónica en el formulario normalizado (Anexo I) disponible en la aplicación FondoLibros (https://www.edu.xunta. es/fondolibros) a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes de manera presencial en los centros docentes o en cualquiera de los registros establecidos por la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y Clave365.

Forma de presentación:

Además de la presentación presencial en el centro escolar, igual que ha pasado en el curso pasado, los ciudadanos podrán realizar la solicitud accediendo a la aplicación fondolibros, y una vez tengan cubiertos con todos los datos, deberán grabarla, obteniendo así un número de solicitud. Posteriormente podrán optar por las siguientes opciones:

  • Presentación en el centro: en este caso se imprimirá la solicitud y el anexo II y se presentarán en el centro debidamente firmados, junto con la documentación.
  • Presentación en sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Documentación complementaria:

Las personas interesadas deberán entregar con la solicitud:

  • Anexo II (comprobación de datos de los miembros de la unidad familiar).
  • Copia del libro de familia o documento equivalente donde figuren el alumno/a y los demás miembros computables de la unidad familiar.
  • En caso de separación o divorcio, la sentencia judicial o el convenio regulador donde se haga constar la atribución de la custodia del/la menor.
  • De manera excepcional, cuando no sea posible hacerlo por los medios anteriores, se podrá acreditar el número de miembros computables de la unidad familiar mediante un certificado o volante de convivencia, informe de los servicios sociales.
  • Certificado de discapacidad del alumno/a o de cualquiera miembro de la familia expedido por la administración autonómica.
  • Documentación justificativa de la situación de violencia de género en el ámbito familiar, en cualquiera de las formas que enumera el artículo 5 de la Ley 11/2007, del 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.
  • Resolución judicial o administrativa que acredite la situación de acogimiento o certificado del centro de menores.
  • Certificado e convivencia, volante de convivencia o informe de los servicios sociales o del órgano equivalente, en el caso de que el padre, madre o tutor carezcan de DNI o NIE.

Obligaciones de las personas beneficiarias:

Las personas beneficiarias de los libros procedentes del fondeo solidario del centro o de ayudas para adquirir libros de texto tendrán las siguientes obligaciones:

  • Devolver los libros de texto y material reutilizable adquirido con las ayudas  o recibido del fondo de libros en el curso 2020/21. están excluidos de esta obligación el alumnado beneficiario de ayudas para adquirir libros de texto de 1º y 2º de EP. La falta de devolución traerá consigo la exclusión directa en la participación del fondo de libros o de las ayudas.
  • Conservar en buen estado los libros de texto y el material reutilizable recibido del fondo solidario o adquirido con las ayudas para libros de texto en el curso 2021/22 y devolverlos dentro del plazo en el mes de junio.
  • Destinar el importe del vale para adquirir libros, única y exclusivamente, a la compra de libros de texto que indique el centro en el que se esta matriculado.
  • Destinar el importe del vale para material, única y exclusivamente, a adquirir el material escolar necesario.
  • Respetar las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.