Libros y material
Convocatoria en la participación del fondo solidario, ayuda para adquisición de libros y material escolar para el curso 2025 2026
Presentación y solicitud
Podrán presentar solicitudes de participación del fondo solidario de libros de texto y ayudas para adquirir libros de texto y material escolar (modelo ED330B) los padres, madres, tutores o representantes legales del alumnado incluido en el artículo 1.2. de la Orden (abajo especificada) En el caso de alumnado en situación de guardia o tutela de la Xunta de Galicia, presentará la solicitud a persona titular de la dirección del centro de menores o la persona con lo que conviva en acogimiento familiar.
La solicitud será única para todos los hijos y hijas y, de ser el caso, tutelados y tuteladas, que estén admitidos en el mismo centro docente para el curso 2025/26, y en ella se especificará el nivel de estudios que espera realizar cada uno de ellos en el citado curso. Se estuvieran admitidos en centros docentes distintos, se presentará una solicitud en cada uno de los centros, en la cual se incluirán los admitidos en ese centro para el curso 2025/26. En caso de que la solicitud se tramite por vía electrónica empleando la aplicación Fondolibros, será necesaria la presentación de una solicitud por cada alumno, aunque estén escolarizados en el mismo centro. Cuando el alumnado, en el momento de presentar la solicitud, aun no esté admitido en ningún centro docente para el curso 2025/26, deberá presentarla en el centro en que estuviera matriculado en el curso 2024/25. Este centro registrará la solicitud de manera que acredite la entrada de esta en plazo y la enviará al centro de destino en que el alumnado resulte admitido, que será el encargado de su grabación y tramitación. En caso de presentación (por vía electrónica y/o presencial) de más de una solicitud, la persona solicitante deberá presentar ante lo centro docente un escrito indicando cual desea que se tramite.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica, mediante el formulario normalizado (ED330B – anexos I e II) disponible en la aplicación informática (https://www.edu.xunta.gal/fondolibros/), a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.junta.gal Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en los centros docentes o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Para la presentación electrónica de solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluyendo el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.junta.gal/llave365).
El formulario de solicitud también estará disponible en los centros educativos y en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.junta.gal Asimismo, la aplicación informática Fondolibros (www.edu.xunta.gal/fondolibros) les permitirá a los centros docentes generar solicitudes una vez introducidos los datos.
La solicitud deberá estar firmada por el padre, madre, tutor/a o representante legal del alumnado, y su presentación implicará que acepta las bases de la convocatoria, que cumple los requisitos exigidos en ella y que son ciertos los datos indicados en la solicitud; asimismo, que se compromete a conservar en buen estado y a devolver, al finalizar el curso, los libros de texto y el material reutilizable recibidos del fondo solidario o adquiridos con la ayuda para libros de texto.
Plazo de presentación
El plazo para presentar solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, es decir 16 de mayo de 2025 y finalizará el día 20 de junio de 2025 (este incluido).
El alumnado que, una vez transcurrido el plazo indicado, pase a estar en situación de tutela o guardia de la Xunta de Galicia o se incorpore a un centro docente sostenido con fondos públicos procedente de fuera de Galicia o de un centro situado en Galicia pero no sostenido con fondos públicos, podrá presentar la solicitud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la formalización de la matrícula. En todo caso, no se podrán presentar solicitudes después de 31 de marzo de 2026.
Documentación
Las personas interesadas deberán acercar con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
Anexo II (comprobación de datos de los miembros computables de la unidad familiar).
Copia del libro de familia o documento equivalente, donde figure lo/a alumno/a y los demás miembros computables de la unidad familiar. En caso de separación o divorcio, además, deberán acercar la sentencia judicial y/o convenio regulador donde conste la atribución de la custodia del/a menor. Excepcionalmente, cuando la composición de la unidad familiar no se ajuste al señalado en el artículo 4.1 de esta orden o no sea posible acreditar su composición por los medios anteriores, se podrá justificar el número de miembros computables utilizando alguno de los siguientes medios: 1º. Certificado o volante de convivencia. 2º. Informe de los servicios sociales o del órgano equivalente del ayuntamiento donde resida la familia.
Certificado de discapacidad del/a alumno/a o cualquier miembro de la familia no expedido por la Administración autonómica.
Documentación justificativa de la situación de violencia de género en el ámbito familiar, en cualquiera de las formas que enumera el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio , gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, cuando el agresor forme parte de la unidad familiar.
Resolución judicial constitutiva de la curatela representativa o resolución judicial que establezca la patria potestad prorrogada o rehabilitada mientras no se produzca la revisión de esta medida.
Resolución administrativa o judicial acreditativa de la situación de acogimiento o certificado del centro de menores, para el alumnado en situación de tutela o guardia de la Xunta de Galicia.
Certificado de convivencia, volante de convivencia o informe de los servicios sociales o del órgano equivalente del ayuntamiento donde resida la familia, en caso de que el padre y la madre o el tutor el tutores carezcan de DNI y NIE.
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en el centro docente o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, lo cotejo de las copias allegadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él. En todo caso, los documentos deberán ser válidos y eficaces en el momento de su presentación y reflejar la situación personal y familiar a la fecha de fin del plazo para presentar solicitudes, excepto los datos económicos que serán los del ejercicio fiscal 2023.
Más información: DOG
Listados de libros y material escolar curso 2024 – 2025
4º Educación Infantil
5º Educación Infantil
6º Educación Infantil
1º Educación Primaria
2º Educación Primaria
3º Educación Primaria
4º Educación Primaria
5º Educación Primaria
6º Educación Primaria